Para: Administrativos nombrados y contratistas de los Establecimientos educativos oficiales del municipio de Pereira
Comedidamente me permito informar que la reunión programada para el día viernes 11 de octubre de 2013 en el Parque Recreacional Comfamiliar Risaralda, queda cancelada, por agenda programada en la ciudad de Bogotá D.C. para esta fecha, por el Ministerio de Educación Nacional.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 52 de
Que dentro de los objetivos de la Ley del Deporte, es la de fomentar la creación de espacios que faciliten la actividad física, el deporte y la recreación como hábito de salud y mejoramiento de la calidad de vida y el bienestar social, especialmente en los sectores sociales más necesitados, así como la de promover y planificar el deporte competitivo y de alto rendimiento, en coordinación con las federaciones deportivas y otras autoridades competentes, velando porque se desarrolle de acuerdo con los principios del movimiento olímpico.
CONSIDERANDO
Que en virtud de lo dispuesto por la Ley General de Educación – Ley 115 de 1994, el educador como orientador y factor fundamental del proceso de formación, enseñanza y aprendizaje de los educandos, acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la familia y la sociedad, debe ostentar la más alta calidad científica y ética; por tal razón se propende por su continua capacitación, encaminada a fortalecer la investigación en el campo pedagógico y con el saber especifico, responsabilidad que recae en los propios educadores, en la nación, en las entidades territoriales y en las instituciones educativas.