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Respuesta Masiva a reclamaciones administrativas de pago de vacaciones de docentes del año 2020

En concordancia con el artículo 22 de la ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento Administrativo el cual dice: ....."Cuando más de diez (10) ciudadanos formulen peticiones de información análogas, la Administración podrá dar una única respuesta que publicará en un diario de amplia circulación, la pondrá en su página web y entregará copias de la misma a quienes la soliciten". Procedemos a adjuntar la respuesta a la reclamación administrativa relacionada con el pago y reconocimiento de las vacaciones docentes del año 2020.
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