Se informa a todos los empleados con derechos de Carrera Administrativa, que actualmente en la planta de personal de la Secretaría de Educación de Pereira- Sistema General de Participaciones – SGP-, se encuentran en vacancia temporal los cargos relacionados en la circular No 43434.
La Dirección Administrativa de Talento Humano del sector central y la Dirección Administrativa de Talento Humano del Sector Educación, se permiten recordar que el plazo para realizar la evaluación parcial del desempeño laboral periodo 2023-2024 correspondiente al primer semestre del periodo 2023 - 2024, es el 1° DE AGOSTO AL 23 DE AGOSTO DE 2023.
En cumplimiento a lo establecido en el Artículo 24 de la Ley 909 de 200,4 modificado por el artículo 1° de Ia Ley 1960 de 2019, respecto a la provisión de empleos de forma transitoria bajo la modalidad de Encargo, y teniendo en cuenta las dificultades que hasta la fecha se han presentado para seleccionar personal con derechos de carrera administrativa en algunos cargos, sobre todo del nivel ASISTENCIAL (Auxiliares Administrativos y Auxiliar de Servicios Generales), la Secretaria de Gestión Administrativa a través de la Dirección Administrativa de Talento Humano de la Alcaldía de Pereira se permite publicar las plazas que se encuentran vacantes disponibles para provisión transitoria mediante ENCARGO.
Se informa a todos los empleados de Carrera Administrativa, que en cumplimiento con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1° de Ia Ley 1960 de 2019, en el cual define al encargo como un derecho para los servidores de carrera administrativa, siempre que acrediten Ia totalidad de los requisitos allí definidos, este Despacho procedió a estudiar las hojas de vida de los funcionarios de carrera administrativa, con el fin de proveerlos mediante esta figura, teniendo en cuenta los criterios establecidos en las disposiciones superiores en cita:
1. Acreditar los requisitos exigidos para el ejercicio del empleo a proveer transitoriamente;
2. Poseer las aptitudes y habilidades para desempeńar el empleo que se va a proveer;
3. No tener sanción disciplinaria en el último ańo;
4. Que su última evaluación del desempeńo laboral sea sobresaliente o. en su defecto, satisfactoria;
5. El encargo debe recaer en el empleado que se encuentre desempeńando el cargo inmediatamente inferior al que se pretende proveer en Ia planta de personal de Ia entidad.
En este orden de ideas, y teniendo en cuenta el cargo inmediatamente anterior como primer factor de depuración y el cumplimiento de los requisitos del cargo según el Manual de Funciones y Competencias Laborales, los servidores públicos con derechos de carrera administrativa, que reunieron todos los requisitos para proveer en encargo las vacantes se encuentran en el documento adjunto.
Nota: Las personas interesadas en los actos administrativos por favor comunicarse con el área de historias laborales.
Se informa a todos los empleados de Carrera Administrativa, que en cumplimiento con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1° de Ia Ley 1960 de 2019, en el cual define al encargo como un derecho para los servidores de carrera administrativa, siempre que acrediten Ia totalidad de los requisitos allí definidos, este Despacho procedió a estudiar las hojas de vida de los funcionarios de carrera administrativa, con el fin de proveerlos mediante esta figura, teniendo en cuenta los criterios establecidos en las disposiciones superiores en cita:
1. Acreditar los requisitos exigidos para el ejercicio del empleo a proveer transitoriamente;
2. Poseer las aptitudes y habilidades para desempeńar el empleo que se va a proveer;
3. No tener sanción disciplinaria en el último ańo;
4. Que su última evaluación del desempeńo laboral sea sobresaliente o. en su defecto, satisfactoria;
5. El encargo debe recaer en el empleado que se encuentre desempeńando el cargo inmediatamente inferior al que se pretende proveer en Ia planta de personal de Ia entidad.
En este orden de ideas, y teniendo en cuenta el cargo inmediatamente anterior como primer factor de depuración y el cumplimiento de los requisitos del cargo según el Manual de Funciones y Competencias Laborales, los servidores públicos con derechos de carrera administrativa, que reunieron todos los requisitos para proveer en encargo las vacantes se encuentran en el documento adjunto.