PARA: RECTORES, COORDINADORES, DIRECTIVOS DOCENTES Y ADMINISTRATIVOS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES DE PEREIRA.
Teniendo en cuenta que se siguen presentando dificultades por parte de algunas Instituciones Educativas, en cuanto al cumplimiento del protocolo de atención en caso de accidentes escolares, la Secretaría de Educación Municipal, a través de la Dirección de Cobertura Educativa, se permite recordar a los Rectores, Coordinadores, Directivos Docentes, Personal Administrativo y Comunidad Educativa de las Instituciones Educativas Oficiales del Municipio, que desde el 1° de abril del presente año, se encuentra vigente la Póliza de Accidentes Escolares con LA EQUIDAD SEGUROS DE VIDA O.C., identificada con el N°AA000164, la cual ampara los estudiantes en caso de accidentes, ocurridos dentro de las Instituciones Educativas y en salidas pedagógicas, autorizadas con la debida anticipación por la Secretaría. Las entidades de salud que tienen en la actualidad convenio vigente con dicha Compañía de Seguros, son:
CLÍNICA LOS ROSALES, atención de urgencias, Cra. 9 N° 25-25, teléfonos 3330380-3243702-3357454.
CLÍNICA DE FRACTURAS LTDA., Avenida Juan B. Gutiérrez N°18-60, teléfono 3171747.
FRACTURAS Y FRACTURAS LIMITADA; Cra. 12 bis N° 9-22, teléfono 3252346.
HOSPITAL SAN PEDRO Y SAN PABLO LA VIRGINIA, atención de urgencias, teléfono 3682014.
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS CARTAGO, atención de urgencias, teléfono 2147122.
Para ser atendido, el estudiante se debe presentar a la Institución Prestadora de Salud, con Certificado expedido por las directivas (rector, coordinador o secretaria) de la Institución Educativa, donde se debe citar la Póliza N°AA000164 de la Equidad Seguros, incluir los datos del estudiante (verificar que esté incluido en el SIMAT y que allí el documento de identidad esté actualizado) y una breve descripción de forma, tipo y ubicación de la lesión y lugar del accidente ocurrido, adjuntando documento de identidad.
Es necesario aclarar, que las autorizaciones y atención, sólo serán de lunes a viernes y en horario escolar o complementario, informado por la SEM. Con respecto a las salidas pedagógicas, estas deben ser autorizadas por la SEM y reportadas a la Compañía Aseguradora con la debida anticipación, para la correspondiente cobertura; por lo tanto, la autorización debe ser solicitada a la Subsecretaría de Planeación y Calidad Educativa, con mínimo 20 días de anticipación a la salida, para garantizar la cobertura en caso de accidentes.
Les reiteramos la importancia para toda la comunidad educativa, el hecho de hacer uso racional y responsable de la póliza, en los accidentes escolares que realmente lo requieran y realizando campañas de concientización en la prevención de los mismos, buscando mantener controlados los altos niveles de siniestralidad que se vienen presentando en la actualidad.
Para cualquier inquietud, se pueden comunicar con la Dirección de Cobertura Educativa de la Secretaría de Educación, en el Piso 8 de la Alcaldía Municipal o al teléfono 3248106 o centro de servicios #324.
Nota: Si el alumno accidentado no presenta certificación de la Institución Educativa o no está registrado y actualizado en el SIMAT, no será atendido, sin excepción.
PARA: COORDINADORES DE LA LISTA DE ELEGIBLES
Una vez evaluadas tanto las vacantes a ser ocupadas, así como la lista de elegibles de directivos docentes – Coordinadores - que se postularon y son beneficiarios para proveer por encargo las vacantes definitivas o temporales que se tiene al momento y se tendrá a futuro en el Municipio de Pereira, en el cargo de directivo docente – RECTOR, se ha puesto en consideración en punto VII, señalado en la citada convocatoria, en el cual se fijó el siguiente criterio:
“El encargo en vacante temporal excluye el derecho al encargo en vacante definitiva, en el caso de que esta se presente con posterioridad”.
Se MODIFICA este párrafo de la convocatoria, el cual quedará así:
El encargo en vacante temporal no excluye el derecho al encargo en vacante definitiva, siempre que la vacante definitiva se produzca con posterioridad al cubrimiento de la vacante temporal. En tal sentido, se respeta el listado de elegibles.
Al directivo docente – COORDINADOR –, seleccionado en la convocatoria, al culminar el encargo o renunciar al mismo, regresará al cargo directivo del cual es titular en el mismo establecimiento educativo al que pertenecía al momento de la postulación.
La lista de elegibles tendrá una vigencia de un año (1), a partir de la fecha de publicación de resultados.
CONVOCATORIA QUINTA CLASE DE CONTRALORES Y VICECONTRALORES ESTUDIANTILES
Para la Contraloría Municipal de Pereira fue un placer contar con su Participación Democrática en el interior de la Institución Educativa que usted representa al haber elegido al Contralor y Vicecontralor estudiantil como apoyo a nuestra competencia de ejercer un control fiscal, de este modo y de la manera más respetuosa le solicito el favor de concederles permiso el día viernes 19 de julio del presente año, para que asistan a las 1:00 p.m. en el piso 9 de la Alcaldía de Pereira.
Se espera contar con su asistencia.
PARA: ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES Y PRIVADOS DEL MUNICIPIO DE PEREIRA.
La Secretaría de Educación Municipal de Pereira ha expedido la Circular No.277 del 13 de Junio de 2019, a través de la cual se dá a conocer las actividades que se llevarán a cabo durante el mes de Junio, así como otra información relacionada con procesos administrativos en la SEM y Establecimientos Educativos Oficiales y Privados de la ciudad.
PARA: PERSONAL ADMINISTRATIVO NOMBRADO EN CARRERA FINANCIADO CON RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES PERTENECIENTE AL MUNICIPIO DE PEREIRA – SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.
En atención al asunto, y de acuerdo a la circular N° 246 el 30 de Mayo de 2019, donde se informaron las siguientes vacantes:
1 CARGO TÉCNICO ADMINISTRATIVO CÓDIGO 367 GRADO 5 DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE EDUCACION EN VACANCIA DEFINITIVA.
4 CARGOS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO CÓDIGO 407 GRADO 8 DONDE SE UBIQUE EL EMPLEO EN VACANCIA TEMPORAL.
5 CARGOS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO CÓDIGO 407 GRADO 6 DONDE SE UBIQUE EL EMPLEO EN VACANCIA DEFINITIVA.
2 CARGOS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO CÓDIGO 407 GRADO 4 DONDE SE UBIQUE EL EMPLEO EN VACANCIA DEFINITIVA.
Se realizó el análisis de las hojas de vida de los funcionarios con derechos de carrera administrativa y depurada la información teniendo en cuenta los criterios establecidos en los artículos 24 y 25 de la Ley 909 de 2004, y Manual de Funciones adoptado por el Decreto 901 de fecha 06 de diciembre de 2018, se tuvieron en cuenta los siguientes criterios:
El encargo deberá recaer en un empleado cuyo cargo titular sea el inmediatamente inferior al cargo que se va a proveer.
En este orden de ideas, y teniendo en cuenta el cargo inmediatamente inferior como primer requisito legal y el cumplimiento de los requisitos del cargo según el manual de funciones; los funcionarios con derechos de carrera administrativa, qué reunieron los requisitos para proveer por encargo las vacantes en mención son:
1 CARGO TÉCNICO ADMINISTRATIVO CÓDIGO 367 GRADO 5 DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE EDUCACION EN VACANCIA DEFINITIVA.
RICHAR ANDRES MONTOYA LOPEZ
4 CARGOS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO CÓDIGO 407 GRADO 8 DONDE SE UBIQUE EL EMPLEO EN VACANCIA TEMPORAL.
DECLARADOS DESIERTOS
5 CARGOS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO CÓDIGO 407 GRADO 6 DONDE SE UBIQUE EL EMPLEO EN VACANCIA DEFINITIVA.
DECLARADOS DESIERTOS
2 CARGOS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO CÓDIGO 407 GRADO 4 DONDE SE UBIQUE EL EMPLEO EN VACANCIA DEFINITIVA.
LUIS FERNANDO VELASQUEZ TIQUE
GABRIELA CASTAÑEDA AGUEDELO